A continuación, detallamos los pasos principales que se deben seguir a la hora de crear una sociedad en España. El plazo medio estimado para la constitución de la misma se encuentra alrededor de los 20 días debido a la ligera variación existente entre las distintas regiones donde se realice el registro.
Según el ranking del Banco Mundial, España se sitúa en la media según los tiempos para el registro de sociedades en Europa y Asia Central. Además, en su proyecto subnacional en España, Madrid junto con Barcelona, Gijón, Las Palmas de Gran Canaria, Sevilla y Valencia, se sitúan a la cabeza con un tiempo mínimo estimado de 14 días.
A la hora de constituir una sociedad mercantil o cualquier otra entidad inscribible en un Registro Mercantil, en primer lugar, se debe de solicitar el Certificado de Denominación Social. Este certificado se obtiene en el Registro Mercantil Central (RMC) tras una certificación favorable de la denominación con la que la sociedad será reconocida como sujeto en sus relaciones jurídicas.
Obviamente, existen criterios específicos que se deben de tener en cuenta a la hora de seleccionar la expresión denominativa que se pueden consultar en la web del RMC.
Tras la obtención de la certificación negativa expedida por el Registro Mercantil Central (RMC) por el cual queda manifestado legalmente que no existe otra sociedad con la misma denominación y que dicha denominación es otorgada para la creación de la sociedad deseada, se procederá a acudir a una Entidad Bancaria con el documento original y se abrirá una cuenta de la sociedad.
En lo referido al capital requerido, se exige ingresar el mínimo según la Ley y el tipo de sociedad en constitución. Por ejemplo, para una Sociedad Limitada (SL) la cantidad mínima a desembolsar como capital social es de 3.000 euros a diferencia del capital requerido para la creación de una Sociedad Anónima (SA) que es de 15.000 euros (25% del capital mínimo, 60.000€).
Una vez tengamos el certificado acreditativo del ingreso del capital mínimo requerido, se procederá a entregarlo al Notario junto con el Certificado de Denominación en el siguiente paso.
Para crear una sociedad en España, se deberán cumplir los estatutos, los cuales son las normas por las que se regirá el funcionamiento de la sociedad en constitución y deben de contener ciertos requisitos mínimos indispensables como son la denominación social, capital social, domicilio, objeto, etc.
En lo referente a la firma requerida ante notario, todos los socios deberán comparecer ya sea personalmente o representados por terceras partes.
Tras firmar la escritura de constitución de la sociedad, se cuenta con un plazo máximo de 30 días para solicitar el Número de Identificación Fiscal (NIF) en Hacienda. Para ello, se cumplimentará el modelo 036/037 necesario también para darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Si bien, si la actividad de la sociedad es menor al millón de euros, estará exenta de pago del IAE.
Como último paso, se procederá a registrar la sociedad en el Registro Mercantil de la capital de provincia del domicilio social de la sociedad en constitución. En este caso, será necesario presentar todos los documentos obtenidos en los pasos anteriores para terminar de registrar la sociedad y, que por fin, goce de personalidad jurídica.
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Fuentes:
Artículo escrito por Mikel Parra Pérez .